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Denuncian venta irregular de terrenos en el sector Los Laureles de Limache


Antecedentes fueron entregados al Ministerio Público, por la subdivisión de terrenos, que infringen la Ley General de Urbanismo y Construcción.

Con la entrega de antecedentes al Ministerio Público, la Ilustre Municipalidad de Limache denunció la posible venta irregular de derechos y parcelación de terrenos en el sector de Los Laureles, contraviniendo el artículo 136 de la Ley General de Urbanismo y Construcción. Esto tras la constatación realizada por la Dirección de Obras Municipal y el equipo Jurídico de la Municipalidad de Limache, que indicarían una posible estafa de la cual estarían siendo víctimas algunos compradores.

El alcalde de Limache, Daniel Morales Espíndola, explicó que “hemos detectado que se ha producido una situación repetitiva en el sector de Los Laureles, con la venta de derechos dentro de parcelaciones. Esa situación lleva a que se estén haciendo subdivisiones menores a los 5 mil metros cuadrados, que son imposibles de regularizar, y que hoy lleva a que se hagan construcciones que no van a poder ser recibidas por la DOM, no se podrá entregar dotación de agua potable y alcantarillado”.

Por lo tanto, “las personas que tienen expectativas de tener sus viviendas y generar un lugar donde descansar, ya sea para primera o segunda residencia, no las van a poder normalizar nunca, siendo víctimas de estafa. Por ello, hemos colocado los antecedentes que tenemos en manos del Ministerio Público para que se tomen las medidas respectivas y se busque las responsabilidades legales y administrativas”, afirmó el jefe comunal.

El artículo 136 de la Ley general de Urbanismo y Construcción establece que “mientras en una población, apertura de calles, formación de un nuevo barrio, loteo o subdivisión de un predio, no se hubieren ejecutado todos los trabajos de urbanización que exigen los dos artículos precedentes y la Ordenanza General, no será lícito al propietario, loteador o urbanizador de los terrenos correspondientes, enajenarlos, acordar adjudicaciones en lote, celebrar contratos de compraventa, promesas de venta, reservas de sitios, constituir comunidades o sociedades tendientes a la formación de nuevas poblaciones o celebrar cualquier clase de actos o contratos que tengan por finalidad última o inmediata la transferencia del dominio de dichos terrenos”.

Noticia de http://www.limache.cl